El pasado 18 de noviembre la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial declaró nulas las resoluciones generales 25/2020 y 27/2020 dictadas por la Inspección General de Justicia. Dichas resoluciones otorgaron a los conjuntos inmobiliarios organizados en sociedades comerciales un plazo de 360 días para adecuarse a lo dispuesto en el artículo 2075 del CCyCN.
A grandes rasgos la Cámara entendió que las resoluciones son nulas por incompetencia del órgano del cual emanan; y porque, evidencian un exceso del poder reglamentario previsto en el art. 99 inc. 2 de la Constitución Nacional.

Acceso al fallo: http://scw.pjn.gov.ar/scw/seam/docstore/document.seam?docId=1&cid=154434

Por Matías Joaquín Robirosa