Por Matías Joaquín Robirosa
Según un informe del “Observatorio de la Empresa familiar” en Argentina entre el 80% y 90% de las compañías son de carácter familiar y representan más del 50% de la actividad económica.
Son actores centrales de la economía local y tienen un fuerte impacto en la generación de riqueza, empleo y producción de cada región. Como advertimos en otro trabajo, la rentabilidad no es el único propulsor en las compañías familiares, jugando también un rol preponderante los logros y vínculos intrafamiliares, el prestigio y la trayectoria dentro de la comunidad.
Sin lugar a dudas uno de los mayores desafíos para la continuidad de la empresa familiar es el traspaso del mando de una generación a otra que ocasiona, en muchas oportunidades, conflictos de coexistencia difíciles de superar.
Por estos motivos, la Inspección General de Justicia dictó la Resolución General 19/2021 habilitando la inscripción de protocolos de empresa familiar. Se trata de una valiosa herramienta para prevenir, gestionar y solucionar conflictos al transferirse el mando de una compañía familiar.
La resolución indica que el protocolo: i) deberá estar firmado por todos los socios de la sociedad cuyos integrantes estén unidos por lazos de parentesco por consanguinidad y/o afinidad, sin perjuicio de su firma por terceros no socios o no familiares, ii) constar en escritura pública o en instrumento privado con firmas certificadas por escribano, iii) su inscripción debe ser solicitada por el órgano de administración acompañando el acta respectiva, iv) tiene como único efecto permitir a los terceros conocer su existencia y alcances.-
Alguna de las normas y pautas que pueden incluirse en el protocolo de familia para prevenir conflictos son las siguientes:
Historia, misión y valores de la empresa,
-Requisitos para la incorporación de nuevas generaciones,
-Política de capacitación y formación de los miembros,
-Política de distribución de ingresos,
-Sistema de resolución de conflictos,
-Uso de los recursos de la empresa (vehículos, inmuebles, maquinarias, etc.).
Para mayor información sobre el tema puede contactarse con nuestro departamento de derecho corporativo a info@salamercado.com.ar.
Ph: Alvaro Ibañez (43204540702)